- En el caso de la sucesión regulada por la ley italiana, haber heredado acciones (S.p.A.) o acciones de participación (de s.r.l.) induce a preguntarse si y en qué medida este correo hereditario también es objeto de impuesto de sucesiones.
- El impuesto de sucesiones también se aplica a las acciones y cuotas de participación y, por supuesto, se aplica con tipos diferentes, en relación con el grado de parentesco de sucesión con el difunto, y precisamente:
Franquicia de hasta 1 millón de euros por cada heredero en caso de que los herederos sean el cónyuge o parientes en línea recta, y 4% sobre el valor superior a 1 millón de euros por cada heredero;
6% si los herederos son hermanos o hermanas del difunto, con franquicia de hasta 100.000 € cien mil, por cada heredero (hermano o hermana)
6% para otros parientes hasta el cuarto grado o, afines en línea recta, afines en línea colateral, hasta el 3er grado
8% para otras personas que no entren entre las indicadas anteriormente.
- Una vez determinado cuál es el tipo a aplicar, se debe determinar la base imponible del tipo, es decir, sobre qué importe aplicar el tipo.
- Para las acciones o los valores cotizados en bolsa, el importe que debe considerarse como base imponible para la aplicación de la tasa es la media de los precios de compensación o de los precios del último trimestre anterior a la apertura de la sucesión.
- Para las acciones no cotizadas en bolsa, o para las acciones de participación, el importe a considerar es el valor proporcional (es decir, el número de acciones de las participaciones de participación), correspondiente al valor en la fecha de apertura de la sucesión, del patrimonio neto de la empresa, resultante del último balance publicado o del último inventario elaborado y vidimado.
- Por extraño que parezca, el impuesto de sucesiones italiano se ha uno de los menos onerosos que el de otros países de la UE.
Milán, 12 de marzo de 2020.
Avv. Giovanni Babino
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