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En cuanto a los efectos del art. 22 del Regl. UE 650/2012, el Tribunal Supremo italiano, con sentencia del 16 de abril de 2021, volvió a confirmar la prevalencia del criterio de la professio iuris sobre el de la última residencia en materia de sucesión.

En el caso concreto, el ciudadano holandés fallecido en Italia era también residente en Italia desde hace muchos años.

Sin embargo, en el momento de su muerte se encontró un testamento redactado por él mismo, por el cual, ejerciendo la professio iuris, eligió e hizo aplicable la ley de los Países Bajos a su sucesión, como ley de ciudadanía.

A pesar de la oposición de las hijas que invocaron ante la autoridad judicial italiana la aplicabilidad del derecho italiano a la sucesión por una serie de razones, entre ellas el criterio de la última residencia, el Tribunal Supremo confirmó la validez y prevalencia del criterio elegido por el fallecido con el professio iuris de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento (UE) n. 650/2012.

 

Milano, 18 Enero 2022

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