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Garantizado el derecho de libertad



El Tribunal Constitucional garantiza una vez más el derecho de libertad, declarando la ilegitud constitucional, por exceso de delegación legislativa, del Decreto Legislativo 4 de marzo de 2010 n. 28 en la parte en la que dispone el carácter obligatorio de la mediación.


Por lo tanto, la mediación está reconocida en nuestro sistema judicial, sin embargo, el ciudadano es libre de elegir si hacer uso o no de la mediación.


El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la "mediación civil obligatoria".


El art. 136 de la Constitución establece que "cuando el Tribunal declara la ilegitimidad constitucional de una norma de ley o de acto con fuerza de ley, la norma deja de tener efecto a partir del día siguiente a la publicación de la decisión". Por lo tanto, el Decreto Legislativo del 4 de marzo de 2010, n. 28, en la parte en la que prevé el carácter obligatorio de la mediación, ha dejado de tener efecto a partir de la publicación de la sentencia de la Consulta.


Palermo, 30 de octubre de 2012.

Avv. Giovanni Babino

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