La ley de estabilidad de 2016 aprobada el pasado diciembre en el Parlamento, además de prever, entre otras, la abolición de la Tasi y la reducción del canon Rai a 100,00 € (así como su pago a plazos en la factura de los usuarios de electricidad, salvo declaración de no posesión de la televisión que se presente cada año), ha modificado la cantidad de dinero en efectivo utilizable para los intercambios, elevando el umbral de 999,99 € a 2999,99 € con el fin de reactivar la economía e incentivar los intercambios.
No hace falta decir que cualquier pago de importe superior se puede realizar mediante transferencia bancaria, cheque no transferible, tarjeta de crédito o débito, sic et simpliciter a través de instrumentos rastreables. El límite de mil euros había sido fijado por el entonces recién establecido Gobierno Monti en 2011 con la introducción del art. 12 del c.d. Decreto Salva Italia (D.L. 6 de diciembre de 2011, n. 201, convertido con la Ley n. 214 de 2011) con el fin de combatir la evasión fiscal y el blanqueo de capitales. Las normas sobre el uso del efectivo han sido objeto de numerosos cambios en los últimos años. Desde 2008 a mediados de 2010 el umbral era de 12.500,00 €, hasta agosto de 2011 se había fijado en 5.000,00 €, a finales de 2011 en 2.500,00 €, con el decreto Salva Italia en 1.000,00 € y finalmente ahora asciende a 3.000,00 €.
Sin embargo, en esta ocasión, a diferencia de lo que ocurría en el pasado, el umbral de usabilidad del dinero en efectivo no va de la mano con los límites de transferibilidad de los cheques bancarios y postales; de hecho, a pesar de la novedad de la maniobra financiera, los cheques que lleven cantidades iguales o superiores a mil euros seguirán estando sujetos a la obligación de incluir la mención "no transferible".
El nuevo umbral de uso de efectivo de hasta 2.999,99 € no son una excepción para los pagos de impuestos, los del sello de automóviles o las facturas de Equitalia. Lo mismo ocurre con todos los pagos que son debidos por ley, como por ejemplo el seguro obligatorio de automóviles. A los depósitos y retiros en la cuenta corriente no se aplica la normativa sobre trazabilidad, de hecho el umbral máximo se aplica solo a las transferencias de dinero, en el intercambio de dinero entre diferentes sujetos, públicos o privados, no incurre en ninguna violación quien, con fines de disfrute personal, paga o retira dinero en efectivo.
Incluso más transferencias individuales respectivamente de importes inferiores al umbral legal pero, en general, de importe superior, escapan a la prohibición, porque entre sí no son acumulables ya que se refieren a operaciones distintas y autónomas o a la misma operación cuando el fraccionamiento es inherente a la misma operación (por ejemplo, contrato de administración o pago a plazos). Superado el umbral de tres mil euros, la sanción administrativa pecuniaria prevista para los infractores sigue siendo cuantificada del 1% al 40% del importe transferido con dinero en efectivo.
La ley de estabilidad de 2014, introductoria del defecto de nulidad de los contratos de arrendamiento que no habían sido registrados, en la lucha contra los "alquileres en negro" también había prohibido el pago en efectivo, de cualquier cantidad, de los alquileres. La nueva maniobra financiera del Gobierno Renzi elimina esta disposición.
Por lo tanto, es posible pagar en efectivo el alquiler de cualquier tipo de inmueble, siempre que la cifra sea inferior al nuevo límite. En cambio, no se ha realizado ningún cambio en el límite por encima del cual la P.A. debe hacer uso únicamente de los pagos electrónicos: para los pagos por parte de la administración pública, como por ejemplo las pensiones y los salarios, las normas de 2014, siguen vigentes, por lo tanto, el umbral de los mil euros.
No faltan excepciones, el límite al uso del efectivo afecta a los ciudadanos italianos y, más en general, a los ciudadanos residentes en un Estado miembro de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Liechtenstein, Islandia, Noruega). Los turistas extranjeros residentes en países no pertenecientes a la UE podrán realizar compras minoristas en tiendas y agencias de viajes, realizando pagos en efectivo de hasta 10.000,00 € siempre que presenten un documento de identidad, autocertificación que acredite la residencia en un país fuera de la Unión Europea y el EEE, el comerciante haga una comunicación previa simultánea a la Agencia Tributaria con la que indique la cuenta corriente que pretende utilizar para acreditar dentro del primer día hábil útil siguiente a la recepción del efectivo y entregue al operador financiero una copia de dicha comunicación.
Después de un procedimiento tan engorroso, es previsible que el turista se sienta más reconfortado al saber que el ejercicio comercial está dotado de pos, entre otras cosas obligatorio para todos los comerciantes a partir de la ley de estabilidad 2016.
Fuente: D.L. 6 de diciembre de 2011, n. 201, convertido con la Ley n. 214 de 2011, ley de estabilidad 2014 aprobada por la Ley 27 de diciembre de 2013, n. 147 publicada en el Boletín Oficial n. 302 del 27 de diciembre de 2013, ley de estabilidad 2016 (ley 28 de diciembre de 2015, n. 208, publicada en el Boletín Oficial n.302 del 30 de diciembre de 2015).
Palermo, 11 de febrero de 2016.
Avv. Giovanni Babino
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