El Tribunal Supremo ( Corte di Cassazione) se pronunció con el auto No. 22738 de 20 de octubre de 2020 sobre un asunto planteado por la Agencia Tributaria.
La Agencia Tributaria argumentó que las donaciones entregadas en vida por el fallecido deben sumarse al patrimonio objeto de la herencia y que por tanto para efectos del impuesto de sucesiones y de las deducibles previstas para los herederos, se debe considerar tanto el valor de los bienes ( relictum) en el momento del fallecimiento del fallecido, como el valor de los bienes previamente donados (donatum) por él.
Con la citada auto, el Tribunal Supremo aclara que el impuesto de sucesiones se aplica (deducibles siempre vigentes) a la parte de la herencia o legado, y no se le debe sumar el valor de las donaciones entregadas (y ya gravadas de impuestos) en vida por el difunto.
Milano, 7 Enero 2021